Buenos días a todos, para los contribuyentes que presenten su renta en Andalucía, tienen dentro del apartado de deducciones autonómicas, la deducción por el alquiler de la Vivienda Habitual en Andalucía.
Esta deducción es complementaria a la Deducción Estatal por alquiler de la Vivienda Habitual, por lo que es interesante saber aplicarla y en muchos casos se desconoce su existencia, vamos a ver de qué trata la deducción por el alquiler de la Vivienda Habitual en Andalucía.
Requisitos para aplicar la deducción:
- Que el contribuyente sea menos de 35 años a fecha 31/12 del año al que hace referencia la renta. Para rentas conjuntas, al menos uno de los contribuyentes deberá cumplirlo. (En rentas conjuntas en familias monoparentales, deberá cumplirlo el padre o la madre).
- Que la suma de las Bases Imponibles (casillas 455 y 465), no superen los siguientes importes:
- 19.000 € en tributación individual.
- 24.000 € en tributación conjunta.
- Que la fianza del alquiler se haya depositado a favor de la CC.AA de Andalucía, según la normativa autonómica.
- Sólo podrán aplicarse la deducción quienes aparezcan como inquilinos en el contrato de arrendamiento, por parte iguales. En el caso de matrimonios en el régimen de gananciales, tendrán derecho ambos en la parte proporcional, aunque alguno de ellos no aparezca.
- Se deberá declarar el NIF del arrendador (propietario, casero o como queramos llamarlo).



