Comenzamos la sección de deducciones autonómicas, con esta deducción correspondiente a la CC.AA de Andalucía.
En este caso podrán beneficiarse de esta deducción, aquellos contribuyentes que tengan reconocido el derecho a percibir ayudas económicas en aplicación de la normativa de la CC.AA. de apoyo a las familias andaluzas podrán aplicarse las siguientes deducciones:
- 50 € por hijo menor de tres años, cuando se tuviera reconocido el derecho a percibir ayudas económicas por hijo menor de tres años en el momento del nacimiento.
- 50 € por hijo, con el derecho a percibir ayudas económicas por parto múltiple.
En el caso de ser dos contribuyentes los que tengan derecho a esta deducción se repartirá en partes iguales.



