Buenos días a todos, el pasado día 11 de noviembre de 2011, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto, que modificará el modelo 347, del cual, ya avisamos en el artículo Modelo 347: Modificaciones PREVISTAS para el Mod 347 del 2011.
Este Real Decreto, trae las siguientes modificaciones y novedades en los siguientes modelos:
1. Su fecha de presentación pasa a ser en febrero, es decir, tendremos de plazo hasta el 28 de febrero para poder presentarlo. Por lo tanto para el próximo modelo 347 a presentar que será el correspondiente al ejercicio 2011, tendremos que tener la tarea hecha en febrero y no en marzo.
2. El volumen de operaciones a declarar en el modelo, habrá que desglosarlo por trimestres.
3. La empresas que estén adscritas al régimen de devolución mensual del IVA que ya presentan el modelo 340, no estarán obligadas a presentar el modelo 347.
Tal vez es más trascendental de estos cambios es el de tener que detallar las operaciones por trimestres, con lo que Hacienda controlará de forma más sencilla las liquidaciones trimestral del IVA.
Modelo 340
1. Se prorroga hasta el 2014 la obligación de presentar el modelo 340 para todas las empresas.
Por lo que, hasta 2014, todas aquellas empresas que no estén inscritas en el régimen de devolución mensual del IVA, no estarán obligadas a declarar el modelo 340.
Hay que recordar que la presentación del modelo 340, conlleva la presentación de los libros de facturas emitidas y recibidas.
Días de cortesía



























