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Notificaciones de Hacienda en Periodo Ejecutivo PDF Imprimir E-mail
Fiscal
Viernes, 20 de Marzo de 2009 18:42

Buenos días a todos, no se si a compañeros de otras regiones les esta pasando lo mismo, pero últimamente el volumen de notificaciones de Hacienda se han incrementado, no se si por motivos puramente casuales o por la necesidad de llenar las arcas del estado.

El caso es que muchos de nuestros clientes se asustan al recibir una carta de Hacienda, por muchos es conocida la idea que existe de no recoger al cartero ninguna carta que venga de nuestra amiga. Como ya hemos comentado en otros artículos esta opción no es muy acertada, ya que tarde o temprano el palo, si tiene que llegar, llegará y cuanto más tarde mas grande puede ser.

Es por todo esto que nos hemos animado a escribir sobre las notificaciones en periodo ejecutivo, para que sepamos por donde pueden ir los tiros.

Lo primero que vamos a ver es que es eso de Periodo Ejecutivo.

El periodo ejecutivo se inicia una vez que se han incumplido los plazos para la liquidación de una deuda tributaria. Vamos a ver que plazos suelen ser esos:

  1. En las deudas liquidadas por la propia Hacienda, es decir, cuando a intervenido el órgano de Inspección o de Gestión tributaria (por ejemplo cuando Hacienda nos manda una paralela, es decir, nos corrige una declaración), el Periodo Ejecutivo comenzará el día después de cumplirse el plazo para el ingreso de la deuda. Así tenemos que:

Día de Recepción

Fin del Plazo

1 al 15

20 del mes siguiente

16 al último día del mes

5 del segundo mes posterior

Vamos a ver un ejemplo, supongamos que el día 27 de marzo, nuestro amigo el cartero nos entrega una de estas notificaciones de Hacienda, nuestro plazo para liquidar la deuda será has el día 5 de mayo.

  1. Autoliquidaciones presentadas en plazo, pero sin haber realizado el ingreso, el periodo ejecutivo comienza el día después de finalizar el del impuesto.
  2. Autoliquidaciones no presentadas en plazo, el día después de la presentación de la autoliquidación.

Que ocurre una vez que entramos en el Periodo Ejecutivo.

  1. La Administración nos podrá exigir intereses de demora y recargos según la Ley General Tributaria, pudiendo ser los recargos los siguientes:
    1. Recargo Ejecutivo del 5%
    2. Recargo Reducido del 10%
    3. Recargo Ordinario del 20%
  2. Se podrá iniciar el Procedimiento de Apremio, si el obligado no realiza el pago, el Procedimiento de Apremio permite a los Órganos de Recaudación realizar embargos contra el deudor, e incluso subastar sus bienes.

¿Y que podemos hacer para evitar todo esto?

Lo primero que tenemos que hacer es evitar que nos entre el pánico, leer bien la notificación de Hacienda y elegir entre las siguientes opciones la que creamos más adecuada.

  1. Solicitar Aplazamiento o Fraccionamiento: Esto lo deberemos realizar dentro del periodo voluntario, con lo cual evitaremos el Periodo Ejecutivo, esto se puede realizar mediante una serie documentos que nos facilita la propia administración:

    1. Para deudas superiores a 6.000,00 €, ojo en estos casos será necesario presentar un aval.
    2. Para deudas de hasta 6.000,00 €.

  1. Interponer, en caso de sanciones, un Recurso o Reclamación, presentándolas en plazo se impedirá el inicio del periodo ejecutivo hasta que la sanción sea firme en vía administrativa. La mera interposición del recurso paraliza la ejecución de la deuda.
  2. Pagar antes de la Providencia de Apremio, en este caso consiste en pagar una vez iniciado el Período Ejecutivo, en cuyo caso el recargo será del 5% de la deuda y evitaremos los intereses de demora.
  3. Solicitar la Compensación, si se realiza la solicitud en el periodo voluntario, se evita el inicio del Periodo Ejecutivo


Blackdos
Escrito en Viernes, 20 de Marzo de 2009 18:42 por Blackdos

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Comentarios  

 
0 #1 DudaJorge 19-08-2009 16:04
Muy buenas, he leido el artículo, y la verdad que lo veo muy interesante, os paso a informar de mi caso, a ver si teneis alguna idea.

Me ha llegado una notificación de Hacienda con fecha de 11 de Agosto de 2009, pero ya directamente me han puesto un recargo del 20%, y ni siquiera he recibido notificaciones anteriores, y en reverso de la notificación indica que ya está en el periodo de apremio. Considero que esto es algo ilógico, ya que para ello debería haber pasado el tiempo pertinente desde un primer aviso, que en este caso es esta notificación.

Teneis alguna idea de lo que puedo hacer, yo antes de nada ya he redactado un escrito con motivo de reclamación ante esta circunstancia.

Un saludo y muchas gracias.
Jorge Chaler
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0 #2 Respuesta Consulta de JorgeBlackdos 19-08-2009 16:51
Buenos días Jorge y gracias por participar.

Lo primero que tienes que hacer es leer bien la notificación de Hacienda, fijate bien, que es lo que te estan reclamando, por nuestra experiencia en la asesoría, muchas de estas notificaciones que ya te llegan en via de apremio, sin haber tenido noticia anterior de ella, suelen ser por multas de tráfico o deudas con algún ayuntamiento.

Así por ejemplo en los casos de las multas, el problema suele venir por cambios de domicilio que no se han notificado en Tráfico, y claro las notificaciones luego no te llegan.


Por lo tanto, lo primero es averiguar bien de donde viene el palo. Ya que sabiendo el origen, se podrá recurrir mejor y en muchas ocasiones este tipo de notificaciones se suelen ganar.

Un saludo y espero nos comentes algo, para poder seguir ayudando en lo que podamos.
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0 #3 otra dudaJuan 07-10-2009 17:51
A mi me ha pasado similar...en mi declaración de renta de 2006 puse la venta de mi vivienda habitual para reinvertirla en otra. El caso es que Hacienda considera que no era habitual y que tenía que haberla declarado como ganancia patrimonial. Me la notificaron el día 1 de octgubre de 2009....importe 5074 con intereses de demora desde año 2006, multa atc....Y era mi primera notificación....¿es esto normal?
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0 #4 Respuesta consulta JuanBlackdos 07-10-2009 19:17
Buenas tardes Juan,

En estos casos donde Hacienda encuentra diferecias de importes o de conceptos en la declaración de la renta, lo habitual, es que primero te envien una carta con lo que se llama una paralela, es decir, con la renta que ellos creen que es correcta, comparada con las cantidades que tu declarastes.

En estas paralelas, no suele aparecer el importe con los intereses a pagar, ya que te han de dar la opción de alegar. Por lo que entiendo que probablemente te hayan enviado otras cartas que no hayas recibido.

Mi consejo es que te acerques a una oficina de Hacienda con la carta y preguntes por las anteriores, si tienen constancia de que se han emitido.

En todo caso, si fuese la primera notificación siempre te tienen que dar un plazo para alegar y presentar la documentación que entiendas oportuna para justificar que era tu vivienda habitual.

Un saludo.
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0 #5 defecto de notificacionjuanamo 25-02-2010 18:53
si me pudieran ayudar tengo que hacer una notificacion para hacienda sobre unas multas para que me devuelvan el dinero por no recibir las multas y me lan mandao por hacien un dinerar y el coche no lo tengo desde hace un año y me lo mandan ahora bueno si me pueden ayudar se que algo del art 167.3 tengo que mandar la defecto de notificacion gracias
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0 #6 Respuesta JuanamoBlackdos 26-02-2010 10:08
Buenos días y gracias por participar, en principio para poder solicitar esa devolución, habría que ver el expediente desde la primera notificiacion recibidad, ya que a parte de mencionar el art. 167.3 tienes que justificarlo, aportando copias de los documentos y alegando los motivos por los que te basas.

En principio en el recurso de multas de tráfico, nosotros no entramos, ya que es un asunto que un abogado puede resolverte de una forma más fiable, al conocer bien la legislación que le corresponde.

De todos modos te dejo el comentario publicado, para si alguno de nuestros lectores, te puede aconsejar.

Un saludo.
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0 #7 haciendaPedro Velasco 23-04-2010 16:03
acabo de recibir una notificacion de hacienda diciendome que tengo una liquidacion en ejecutiva que significa esto ya que yo llevo 5 años sin vivie en España
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0 #8 Respuesta a Pedro VelascoBlackdos 23-04-2010 19:30
Una liquidacion en via ejecutiva de Hacienda puede venir de muchos sitios, multas de tráfico, seguridad social, camara de comercio, etc...

Por lo tanto lo primero que te recomiendo es que te pongas en contacto con Hacienda para averiguar su procedencia.

Un saludo
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0 #9 No he sido consciente de las notificacionesJorge 26-04-2010 21:29
Hola, aqui os dejo mi caso a ver si alguien sabe que se puede hacer.
Soy una empresa y resulta que hace un par de años se perdieron algunas cartas de hacienda y decidí solicitar las notificaciones telemáticas. Siempre te debe de llegar un email avisandote que tienes en tu buzón una notificación. Yo no he recibido esos emails y por lo tanto no he visto las notificaciones. Dichas notificaciones son:
1º Inspección del IVA del 2008 mandada en Octubre del 2009
2º Como no tuve constancia de la primera, me dicen que presente toda la documentación y ya me ponen recargos, recibida en Febrero del 2010
3º Hace una semana se presenta un hombre en mi oficina con otra carta para que pague ya en mano, donde ya no puedo hacer nada, me reclaman todo el IVA del 2008 que asciende a 26000€, mas sanciones que si pago ya y no reclamo son otros 6000€. si reclamo sube a mas de 9000€

Voy a poner un recurso en mi hacienda local para intentar demostrar que mi unico error ha sido no recibir esas notificaciones, yo he pagado el IVA religiosamente y tengo todo en regla.

Creeis que con ese recurso podrán anular el proceso y volver al punto original de la inspección y que me dejen demostrarles que yo no he defraudado? como creeis que debería abordar este asunto?
En el recurso voy a adjuntarles todas las facturas del 2008 para que lo vean.

Estoy bastante desesperado, las cosas no me van nada bien y con este varapalo igual no me quede otra que cerrar la empresa despues de 9 años, con 5 personas a la calle.

gracias de antemano
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0 #10 Respuesta a JorgeBlackdos 27-04-2010 13:33
Antes de nada agradecerte tu participacion y que nos comentes el problema.

Lo primero, es que efectivamente deberías preparar un recurso ante Hacienda, pero lo primero es que te pases por Hacienda y solicites que te den una copia de todas las notificaciones que te han hecho, las fechas de las mismas y la dirección a las que fueron realizadas.

Con esa documentación ya podrás ver si es un error de Hacienda o efectivamente se notifico y por algún motivo tu no la recibiste.

Una vez con esto ya podremos preparar ese recurso y deberías comentar en el mismo que se presento una persona a cobrarte en nombre de Hacienda, porque Hacienda no usa ese metodo, te envia las cartas de pago y sino embarga, pero nunca envia a alguien.

De todos modos, te recomiendo que ese escrito te lo prepare un profesional, ya que deberas fundamentarte bien.

Un saludo y si necesitas mas ayuda no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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