Buenos días a todos, creo que el título del artículo refleja bien sobre lo que vamos a tratar y que estos días ha sido la comidilla tanto dentro del ámbito profesional de las asesorías como de los propios clientes.
Como todos sabemos el Plan 2000 E, es aquel plan que el Gobierno saco a bombo y platillo, como solución a todos los males del sector automovilístico. La idea en sí es sencilla, no se vende ni un panda por la crisis, la gente esta pelada, ¿Qué hacemos?, pues sacamos una ayuda que permite rebajar el precio de los coches en 2000 € a la hora de comprarlos.
Hasta ahí todo bien, la gente contenta porque el coche les iba a costar 2000 € menos (1000 € nos lo daban las administraciones públicas y 1000 € los propios fabricantes).
Pero claro la semana pasada salta la alarma por que el REAF (Registro de Economistas Asesores Fiscales), nos recuerda que este tipo de ayudas estatales si no mencionan que están exentas en la renta, se consideran subvenciones públicas y por lo tanto las tenemos que declarar en nuestra renta.
A parte de lo triste que es, que ni la propia Hacienda lo haya mencionado (no viene ni en los borradores en los apartados donde nos dice que puntos de la renta deberíamos revisar y que datos pueden faltar), sino el hecho de que al contribuyente se le haya vendido literalmente la moto y que muchos ya hayan presentado su borrador sin tener ni idea de todo esto.
Pues bien, polémicas a parte, vamos a ver cómo debemos tener en cuenta al Plan 2000 € en nuestra renta.
1- Al ser una ayuda estatal se trata igual, que las rentas de emancipación o las ayudas para la adquisición de viviendas de protección oficial, es decir como una ganancia patrimonial que va a la base general del impuesto.
2- De los 2000 €, solamente debemos tributar por la parte aportada por las administraciones públicas, en la mayoría de los casos 1000 € (500 Estado y 500 CCAA), los 1000 € aportados por los concesionarios se consideran descuento comercial y no tributan.
3- Al considerarse una ganancia patrimonial, afectan a los límites de tributación, hay que recordar que las ganancias patrimoniales, que no conlleven retención obligan a presentar la declaración a partir de 1000 €.
Por lo tanto, todo aquel que se haya comprado una coche aprovechando el Plan 2000 E, que este al loro, con el borrador y la obligación de declarar.




























Comentarios
Un saludo.
Un saludo
La respuesta que te han dado no es del todo correcta, en el tema de los ingresos hay que mirar de donde proceden para saber los límites, por ejemplo, si son rendimientos del trabajo y sólo tienes un pagador el límite son 22.000 €, pero si tienes más de un pagador baja hasta los 11.200 €, etc...
En lo que si estoy de acuerdo, es que estemos o no obligados, es conveniente como mínimo hacer una simulación de la misma, por si nos sale a devolver.
El tema de la renta de emancipación dependerá de la fecha en la que te la concedierón, date cuenta que si por ejemplo lo que te correspondia en noviembre y diciembre te lo pagan en febrero del año siguiente, debes incluirla en tu renta 2009.
A parte de eso la renta por Emancipación obliga a la renta.
Un saludo.
Yo también necesito haceros una consulta. Acabo de recibir el borrador de la renta 2009 y me resulta positiva, pero según el borrador no estoy obligada a hacerla. Pero mi pregunta es:
He recibido 14.000 € de un pagador y 785 € del desempleo, pero además el año pasado me compre un coche con ayuda del 2000E. Con estos datos seguro que no tengo la obligación de hacerla?
Al considerarse una ganancia patrimonial, afectan a los límites de tributación, hay que recordar que las ganancias patrimoniales, que no conlleven retención obligan a presentar la declaración a partir de 1000 €.
Si solamente he percibido los 500€ estatales.. que pasa?
Muchas gracias de antemano
Date cuenta que el dato del Plan 2000 E no te aparece en el borrador.
Un saludo.
Un saludo.
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