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Proximos Eventos Fiscal

IVA
La Escritura Pública puede sustituir a la factura para la deducción del IVA PDF Imprimir E-mail
IVA
Lunes, 31 de Octubre de 2011 12:27
(1 vote)

Buenos días a todos, leyendo los boletines informativos a los que estamos suscritos, nos hemos encontrado con la siguiente noticia:

"En sentencia de 11 de julio de 2011, y en recurso de casación para la unificación de doctrina, el Tribunal Supremo, desmarcándose incluso de pronunciamientos suyos anteriores, se muestra así de aperturista frente a la tradicional línea jurisprudencial que han seguido nuestros Tribunales sacralizando la figura de la factura como único documento válido para justificar el derecho a la deducción por el IVA.

En concreto, según el alto Tribunal, la factura puede ser sustituida por otros documentos a estos efectos, en primer lugar, porque el art. 97 Ley 37/1992 (Ley IVA) supedita el derecho a la deducción no a la tenencia de factura sino del documento justificativo del derecho, lo que se ratifica en el art. 89 de la misma norma cuando alude a la factura o documento análogo como medio representativo de la operación.

 
IVA: Ampliación plazo solicitud devolución IVA 2009 a no establecidos PDF Imprimir E-mail
IVA
Domingo, 03 de Octubre de 2010 12:13
(0 votos)

El plazo para presentación de las solicitudes de devolución del IVA a sujetos pasivos no establecidos en el Estado miembro de devolución, pero establecidos en otro Estado miembro, actualmente establecido hasta el 30 de septiembre de 2010, para las solicitudes referidas al ejercicio de 2009, será previsiblemente ampliado hasta el 31 de marzo de 2011.

Esta modificación es consecuencia de los trabajos del Consejo de las Comunidades Europeas que tiene previsto la aprobación, a mediados de octubre de 2010, de una modificación de la Directiva 2008/9/CE, de 12 de febrero, en la que se recoge dicha medida, que entraría en vigor con carácter retroactivo.

El plazo para la presentación de las solicitudes a que se refiere la Directiva 86/560/CE, de 17 de noviembre de 1986, aplicable a los sujetos pasivos establecidos en países terceros no se modifica, por lo que sigue siendo el 30 de septiembre de 2010 para las solicitudes relativas al ejercicio 2009.

Última actualización el Domingo, 03 de Octubre de 2010 12:21
 
MODELO 303: TERCER TRIMESTRE CON NUEVOS TIPOS DE IVA PDF Imprimir E-mail
IVA
Miércoles, 22 de Septiembre de 2010 17:14
(0 votos)

Buenos días a todos, se aproximan las declaraciones trimestrales de octubre y como es lógico ya empezamos a tener consultas sobre el tema estrella de este trimestre, el nuevo tipo del IVA.

Y es que como muchos se habrán percatado el cambio de los tipos del IVA del 7% al 8% y del 16% al 18% principalmente, trae consigo, que al haberse realizado a mediados de año, se nos presenten algunas dudas en determinados aspectos.

Última actualización el Miércoles, 22 de Septiembre de 2010 17:24
 
Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias PDF Imprimir E-mail
IVA
Miércoles, 24 de Febrero de 2010 18:55
(2 votos)

Buenos días a todos, como muchos se habrán dado cuenta, la mayoría de asesores estamos inmersos ya, en la preparación de los modelos 347 y  415 (en Canarias).

Pero hay vamos a tratar sobre el modelo 349, un modelo menos conocido pero también informativo y por lo tanto de los que Hacienda no perdona. Este modelo 349 es en el que aquellos sujetos pasivos (empresarios individuales y empresas) que realicen operaciones intracomunitarias, deben detallar dichas operaciones.

Vamos a ver las cosas paso por paso, porque al igual que a mí en su día, después de leer el párrafo anterior, muchos se estarán preguntando ¿Qué es una operación intracomunitaria?

Pues bien, una operación intracomunitaria no es otra cosa que la compra o venta de un bien a una empresa ubicada en otro país de la Unión Europea, lo mismo se aplica en el caso de la prestación de servicios.

Por lo general, cuando vamos a tener algún cliente al que vendamos o prestemos servicios en otro país miembro de la Unión Europea, debemos darnos de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios, mediante la presentación de un modelo 036/037.

La siguiente pregunta es: ¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 349?

Última actualización el Jueves, 18 de Marzo de 2010 15:10
 
Modelo 04: IVA, Solicitud De Reduccion Al 4% A Vehiculos Destinados A Personas Con Minusvalias PDF Imprimir E-mail
IVA
Miércoles, 19 de Agosto de 2009 13:36
(0 votos)
Buenos días a todos, una vez reincorporado al puesto de trabajo, las vacaciones se nos hacen cortas y ya estamos pensando en los próximos días de descanso.

Para “celebrar” la vuelta al curro, me gustaría explicar un modelo que aunque en Canarias no se use, ya que es relativo al IVA, si que ha sido una pregunta que algunos clientes de península y particulares nos han realizado.

Vamos a tratar sobre el Modelo 04 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de aplicación del tipo del 4% a vehículos destinados a transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida.

Como su nombre indica es un modelo relacionado con el IVA y que servirá para una reducción en el tipo de IVA hasta el 4% en la compra de vehículos destinados al transporte de personas con minusvalía física y que afecte a su movilidad.

Por lo tanto vamos a ver los puntos clave de este modelo:

1- ¿Quién lo puede solicitar?

El modelo 04, podrá ser presentado, solicitando esa reducción al 4% del IVA en la compra del vehiculo, aquella persona física o jurídica que vaya adquirir un vehiculo para transportar de forma habitual a una persona en silla de ruedas o movilidad reducida. En definitiva, lo podrán solicitar tanto particulares como profesionales o empresas, pero siempre que el vehiculo sea destinado al transporte habitual de una persona con movilidad reducida, por lo que no valen todos los tipos de minusvalías.

2- Plazo de presentación.

El modelo 04, debe de presentarse con anterioridad a la compra del vehiculo.

3- Lugar de presentación.

Se podrá presentar el modelo 04 en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o Administraciones dependientes de la misma, en cuya demarcación territorial tenga su domicilio fiscal el solicitante.

4- Cumplimentación del modelo

El modelo 04, en sí, es muy sencillo de rellenar, debiendose incluir los siguientes datos:

  • Datos del solicitante, es decir, la persona que vaya a pedir la reducción del IVA para la adquisición del vehiculo. En el caso de tener etiqueta fiscal, no hará falta rellenar los datos, solamente pegar la etiqueta
  • Persona con minusvalía, en este apartado se debe identificar a la persona con minusvalía en silla de ruedas o movilidad reducida a cuyo transporte habitual se va a destinar el vehiculo.
  • Representante, se rellena en los casos en los que quien presenta la solicitud es una persona distinta al solicitante o a la persona con minusvalía, por ejemplo el concesionario del vehiculo, una gestoría, o nuestro asesor, debiendo acreditar la representación.
  • Declaración, en este apartado es donde declaramos el vehiculo que estamos interesados en adquirir (marca y modelo), así como, declaramos que adquirimos el vehiculo para el traslado de la persona con movilidad reducida y que o bien el vehiculo es:
    • El primero que adquirimos para dicho fin.
    • Que han pasado 4 años desde la compra del anterior vehiculo destinado al transporte de la persona con movilidad reducida.
    • Que es para sustituir el anterior vehiculo sin que hayan pasado los cuatro años, pero que ha sido declarado siniestro total por la aseguradora.
  • Solicitud, en este apartado lo que tendremos que hacer es marcar la documentación que acompaña al impreso, como justificante de lo anteriormente declarado y que será:
    • Certificado de minusvalía del IMSERSO o del Órgano competente de la CCAA.
    • Si es el caso, el certificado de la Aseguradora o el de baja definitiva del vehiculo anterior.
    • Otros, este apartado se marcará cuando además de lo anterior presentemos alguna documentación complementaria, un ejemplo, el documento que acredite la representación.

En principio el modelo 04 no tiene más ciencia pero si que es un modelo que puede ser de mucha utilidad, ya que significa un ahorro considerable en IVA, si además tenemos en cuenta que en muchos casos los vehículos que se adquieren para el transporte de personas con movilidad reducida, suelen tener modificaciones que en muchas ocasiones los encarecen.

Última actualización el Miércoles, 19 de Agosto de 2009 14:00
 
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