El plazo para presentación de las solicitudes de devolución del IVA a sujetos pasivos no establecidos en el Estado miembro de devolución, pero establecidos en otro Estado miembro, actualmente establecido hasta el 30 de septiembre de 2010, para las solicitudes referidas al ejercicio de 2009, será previsiblemente ampliado hasta el 31 de marzo de 2011.
Esta modificación es consecuencia de los trabajos del Consejo de las Comunidades Europeas que tiene previsto la aprobación, a mediados de octubre de 2010, de una modificación de la Directiva 2008/9/CE, de 12 de febrero, en la que se recoge dicha medida, que entraría en vigor con carácter retroactivo.
El plazo para la presentación de las solicitudes a que se refiere la Directiva 86/560/CE, de 17 de noviembre de 1986, aplicable a los sujetos pasivos establecidos en países terceros no se modifica, por lo que sigue siendo el 30 de septiembre de 2010 para las solicitudes relativas al ejercicio 2009.



























