Buenos días como muchos habrán leído en el artículo: Aprobado el Real Decreto regulador de las Notificaciones Electrónicas, desde el día 1 de enero entrarán en funcionamiento las notificaciones electrónicas por parte de Hacienda, para determinadas entidades, entre las que se encuentran las SL y SA.
Sin duda, esta noticia ha venido acompañada de una gran confusión y desconocimiento por parte de la mayor parte de los afectados. Por lo que vamos a ver qué pasos hay que seguir para poder acceder a estas notificaciones electrónicas:
1. Lo más importante es tener un Certificado Digital o apoderar a un colaborador social, para que pueda acceder a nuestras notificaciones. El Certificado Digital de la empresa, se puede obtener a través de la web CERES. En dicha web encontraras toda la información necesaria para obtenerlo.
2. Apoderar a un colaborador social, en si es un tramito sencillo, el trámite en sí, consiste en realizar un poder a nombre del colaborador social, esto se puede llevar a cabo rellenando el formulario que a tales efectos tiene Hacienda y que podrás descargarte de nuestra zona de descargas. Para que ese formulario tenga valor, deberá legalizarse dicho apoderamiento, o bien acudiendo al notario para legalice las firmas o bien acudiendo tanto apoderado como poderdante a una oficina de Hacienda para firmarlo ante un funcionario que lo legitimará. (Descargar documento de apoderamiento)
3. Disponer de una DEH (Dirección electrónica habilitada), que Hacienda nos facilitará de oficio. Y a la cual podremos acceder mediante el portal 060.es, y en la cual tendremos a nuestra disposición un Buzón, en el que recibiremos las notificaciones electrónicas de Hacienda y de aquellas administraciones públicas que solicitemos y estén adaptadas a este tipo de notificaciones, como puede ser el caso de la Dirección General
4. Una vez que tengamos los puntos anteriores, ya estaremos preparados para recibir las notificaciones electrónicas de Hacienda, sin embargo, no sólo Hacienda puede notificar electrónicamente, cada vez son más las administraciones públicas que están aplicando este sistema de notificaciones (por ahora de forma voluntaria). Para poder acceder a estos servicios, deberemos darnos de alta, para lo cual lo solicitaremos en el portal de notificaciones.061.es en la pestaña de procedimientos.
5. Para poder acceder a nuestras notificaciones en el portal notificaciones.061.es, seguiremos los siguientes pasos:
- Acceda a su buzón electrónico desde la opción "entrar". En su buzón, encontrará todas notificaciones recibidas clasificadas según el Organismo Publico que las emitió y para cada una de ellas podrá conocer su estado (nueva, leída o rechazada) y la fecha electrónica de la puesta a disposición en su buzón.
- Lea o rechace sus notificaciones. Antes de consultar sus notificaciones, usted podrá decidir si leerla y guardarla en su ordenador personal o rechazarla y devolverla al organismo emisor. En cualquier caso, esta decisión se enviará validada con su Firma electrónica y fechada electrónicamente al organismo emisor.
- Organice sus notificaciones, personalizando el orden de las notificaciones y su clasificación en carpetas personales o borrándolas una vez leídas o rechazadas.



























