Hacienda permitirá aplazar pagos de impuestos con la fianza de un familiar PDF Imprimir E-mail
Noticias Hacienda
Jueves, 27 de Noviembre de 2008 13:43

El Ministerio de Hacienda abre la mano. La mala situación económica llevará a aceptar aplazamientos del pago de impuestos sin que se presente aval o seguro de caución. Bastará una fianza personal. La disposición final cuarta del Real Decreto de medidas para la prevención del fraude fiscal supondrá un cambio importante.

¿Qué significa? Directamente, que hasta ahora el mecanismo ordinario para conseguir un aplazamiento en el pago de los impuestos pasaba por un requisito previo: presentar ante Hacienda aval o seguro de caución, de forma que el Fisco tuviese garantizado en todo momento el cobro inmediato de la cantidades debidas y aplazadas por el contribuyente. Se podía aceptar una fianza personal, pero era un supuesto extraño en cuanto Hacienda tenía pleno poder para denegar su admisión.

La nueva norma señala que “el Ministro de Economía y Hacienda podrá establecer la cuantía máxima por la que podrá aceptarse como garantía de aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas tributarias la fianza personal y solidaria prevista en el artículo 82.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria”.

El texto añade que “en tanto el Ministro de Economía y Hacienda no establezca la cuantía máxima por la que podrá aceptarse como garantía de un aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas tributarias la fianza personal y solidaria, cuando proceda la exigencia de garantía, podrá aceptarse la citada garantía para el pago de deudas tributarias por importe igual o inferior a 3.000 euros”.

Es decir, que al margen del aval o el seguro, las deudas inferiores a esos 3.000 euros (elevables cuando lo decida Hacienda) cuentan ya con un respaldo expreso y claro para poder ser aplazadas con una mera fianza personal y solidaria, otorgada por un familiar, un amigo o quien pueda asegurar el futuro pago de las cantidades debidas.

Blackdos
Escrito en Jueves, 27 de Noviembre de 2008 13:43 por Blackdos

Leído 8479 veces hasta.
¿Te gusta? Tweetealo a tus seguidores

Puntúa este artículo

(0 votes)

Últimos artículos de Blackdos


 

Escribir un comentario

Bienvenido a los comentarios de la web Conoce Tus Impuestos. Este sistema de comentarios es moderado, por lo que no apareceran públicados hasta que un administrador los autorice, con el fin de evitar spam y situaciones desagradables.


Código de seguridad
Refescar