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IRPF - Movilidad Geografica: La reducción por movilidad geográfica no exige empadronamiento ni contrato de alquiler (TSJ Extremadura 29-04-2010) PDF Imprimir E-mail
Reducciones
Martes, 28 de Septiembre de 2010 08:07

Buenos días a todos, como muchos sabran, la Reducción por Movilidad Geográfica, es una de las reducciones más importantes y favorables al contribuyente que exite en la renta y por otro lado, tal vez sea la que tenga una mayor ambiguedad en la legislación.

Sólo hay que ver el volumen de consultas que tenemos en el artículo que públicamos en su dia en nuestro blog, IRPF - Reducción por Movilidad Geográfica, el cual desde su publicacion ha sido un sin fin de consultas que demuestran la ambiguedad en su aplicación e interpretación.

Uno de los problemas más importantes que tiene esta Reducción por Movilidad Geográfica, es el momento en el que Hacienda por algún motivo nos solicita documentación acreditativa de que verdaderamente hemos realizado el cambio de residencia.

Y es que, para poder acreditar que nos hemos mudado y trasladado nuestra residencia habitual a otro municipio por conseguir un puesto de trabajo, hasta ahora sólo se admitia como prueba feaciente el empadronamiento y el contrato de alquiler, lo cual, en muchas ocaciones creaba indefención a nuestro entender en el contribuyente, por que, mucha gente se cambia de municipio a un piso compartido, donde a lo mejor no figuramos como inquilinos en el contrato o pasamos a residir en casa de un familiar. En cuanto al empadronamiento, quien no se ha olvidado de empadronarse en la nueva casa alguna vez.

Pues bien, la sentencia que publico bajo este parrafo, es una gran noticia en el sentido de que establece que el empadronamiento o el contrato de alquiler no son indispensables para acreditar la Reducción por Movilidad Geográfica, como siempre desde Conoce Tus Impuestos, seguimos recomendando que si se va a aplicar la Movilidad Geográfica, nos empadronemos y tengamos un contrato de alquiler como mínimo, para evitar tener que ir a Tribunales con Hacienda.

"La reducción por movilidad geográfica no exige empadronamiento ni contrato de alquiler (TSJ Extremadura 29-04-2010)
Enviado por Editorial el Jue, 19/08/2010 - 12:28.

 

Es lo resuelto por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extramadura, de 29 de aril de 2010. Tanto la Ley como el Reglamento del Impuesto exigen que se produzca un traslado de la residencia habitual del contribuyente a un nuevo municipio, requisito que se cumple en este supuesto al tener la actora que abandonar su residencia habitual en Cáceres y trasladarse a Jerez de los Caballeros, sin que los preceptos mencionados exijan un concreto medio de prueba o que necesariamente el contribuyente tenga que empadronarse en el nuevo municipio. Por ello, en este concreto supuesto de hecho las declaraciones presentadas (de compañeros que señalan que durante el año 2005 fijó su residencia en Jerez de los Caballeros, viviendo en régimen de alquiler) resultan válidas para acreditar el cambio de residencia, así como el hecho de que al compartir piso con otras personas el contrato de arrendamiento fuera verbal y la renta no tuviera que realizarse necesariamente a través de una entidad financiera, y no es obstáculo que la actora no estuviera empadronada en Jerez de los Caballeros, al tratarse de una contratación laboral temporal, resultando lógico que la demandante, una vez que cesara en la contratación para la que había sido nombrada, regresara a Cáceres pero ello en modo alguno modifica que tuvo que abandonar su residencia habitual y trasladarse a Jerez de los Caballeros para ejercer las tareas que correspondían a su plaza laboral."

(sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ039080, y en la Revista de Contabilidad y Tributación, Agosto-Septiembre 2010).

 


Blackdos
Escrito en Martes, 28 de Septiembre de 2010 08:07 por Blackdos

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Comentarios  

 
0 #1 empadronamiento javi 09-11-2010 08:33
Hola,
soy Javi.
A pesar de la claridad del blog sigo teniendo dudas para mi caso.
Soy valenciano y en septiembre me incorporé a una empresa de Barcelona. Me he empadronado.¿Pierdo mi derecho de reducción por ello? ¿Debo cambiar mi domicilio fiscal?
Muchas gracias.
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0 #2 Respuesta a JaviBlackdos 09-11-2010 08:51
Buenos días Javi,

Como habrás leido en el blog, la ley establece tres condiciones básicas para tener derecho a la reducción por movilidad geográfica:

1- Estar apuntado en una oficina del paro como demandante de empleo en el municipio A.

2- Conseguir trabajo en un municipio B.

3- Que tengas que cambies tu domicilio habitual (residencia) como consecuencia de ese nuevo trabajo a un municipio diferente de A, por lo general B.

El tema del empadronamiento y el domicilio fiscal, es debido a que nuestra "amiga" como siempre busca el fraude y claro eran dos requisitos que Hacienda entiende como prueba de peso del cambio de domicilio.

En tu caso si estabas dado de alta en una oficina del paro de Valencia, conseguiste curro en Barcelona y en consecuencia, traslaste tu residencia a Barcelona por tal motivo, no deberías tener problemas a la hora de aplicar la reducción.

El empadronarte en Barcelona, te ayuda a demostrarlo, el cambiar el domicilio fiscal también, pero la prueba definitiva a parte del contrato de trabajo, es un contrato de alquiler del piso donde vivas en Barcelona.

Un saludo.
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0 #3 muchas graciasjavi 09-11-2010 09:08
Muy bien,
muchas gracias y enhorabuena por el sitio.
Un saludo.
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0 #4 Alta por mejoraFedelf 26-10-2011 08:08
Me han comentado que se puede uno apuntar como solicitante de empleo sin haber dejado el puesto de trabajo(sin estar desempleado), algo asi como Alta por mejora, ¿serviria este tipo de inscripcion para solicitar la reducción si coges otro puesto en otra localidad? Es decir, ¿es necesario haber estado desempleado aunque sea solo un dia, o de esta manera se podria dejar un trabajo, y al dia siguiente incorporarte al otro en otra localidad?

Muchisimas gracias por el articulo.
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0 #5 Respuesta a FedelfBlackdos 26-10-2011 17:22
Buenas tardes Fedelf, entiendo que la reducción esta encaminada a fomentar la movilidad geográfica de los desempleados, es decir, por lo que aplicarla en tu caso podría conllevarte algún susto.

Un saludo.
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0 #6 RE: IRPF - Movilidad Geografica: La reducción por movilidad geográfica no exige empadronamiento ni contrato de alquiler (TSJ Extremadura 29-04-2010)antoñin 17-11-2011 12:23
A ver si alguien me puede ayudar. Me cambié de comunidad a finales de 2008, al no llegar al límite no hice declaración ese año. En 2009 y 2010 si hice declaración y ambos años he puesto la reducción y fué aceptada. Hay posibilidad de que puedan reclamar en el futuro?

Un saludo y muuuchas gracias al que ayude!!
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0 #7 Respuesta a antoñinBlackdos 17-11-2011 12:34
Buenos días Antoñin, si cumples con todos los requisitos establecidos, la reducción por movilidad geográfica te corresponderia en la renta 2008 y 2009, por lo que te podrían reclamar la del 2010.

Un saludo.
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0 #8 RE: IRPF - Movilidad Geografica: La reducción por movilidad geográfica no exige empadronamiento ni contrato de alquiler (TSJ Extremadura 29-04-2010)mariona 27-03-2012 15:31
hola,
me he cambiado de empresa y de ciudad sin apuntarme al inem ya que no ha pasado ni un dia entre causar baja en una y ser alta en otra, puedo pedir la reduccion por movilidad geografica?
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