Buenos días a todos, como ya comentábamos en el artículo "Desaparece el modelo 110", nuestro querido modelo 110, ha pasado a mejor vida, pasando desde ahora (Primer trimestre del 2011) a usarse el modelo 111 para declarar las Retenciones e Ingresos a cuenta del IRPF, sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, etc.
Como muchos sabían el modelo 111, se utilizaba hasta ahora para lo mismo que el modelo 110, pero en las declaraciones mensuales que debían realizar las Grandes Empresas. Con este nuevo cambio, ya para este año 2011, todos los contribuyentes obligados a declarar el modelo 110, deberán presentar el nuevo modelo 2011, independientemente de que sean considerados grandes empresas o no, e independientemente de que declaren mensualmente o trimestralmente.
Básicamente el modelo 111 es idéntico al modelo 110, cambiando solamente su numeración, aun así vamos a explicarlo, tal y como hicimos en su día con el modelo 110.
Lo primero que vamos a ver de este modelo es quienes tienen que presentarlo, para ello hay que decir que en este modelo no se hace diferencia entre empresario, profesional o sociedad, es decir, si cumples con las hechos que te obligan a su presentación, no te salva ni dios.