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Ayuda 420 €: Documentacion necesaria para solicitarla PDF Imprimir E-mail
Ayuda 420 €
Jueves, 17 de Septiembre de 2009 08:05

Seguimos con la serie de artículos relativos a la ayuda de 420 € para quienes hayan perdido la prestación por desempleo.

Como ya hemos visto en artículos anteriores quienes son los Beneficiarios de la ayuda de 420 € y los Requisitos que se han de cumplir para dicha ayuda. En este de hoy, queremos ver la documentación que es necesario presentar para poder acceder a los 420 € de ayuda.

La documentación es la siguiente:

  • Impreso de solicitud, en modelo oficial, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Deberá entregar original y 2 copias de dicho modelo.
  • Fotocopia de los documentos de identificación del solicitante y, en su caso, de los miembros de la unidad familiar:
    • Si es español: Documento Nacional de Identidad (DNI)
    • Si es extranjero residente en España: Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE), con el Número de Identidad de Extranjeros (NIE) o si es nacional de un país perteneciente a la Unión Europea/Espacio Económico Europeo, documento identificativo en su país de origen o TIE junto con el NIE.
  • Copia del libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros.
  • Copia de los documentos acreditativos de las rentas obtenidas en el mes anterior por el solicitante y, en su caso, por los miembros de la unidad familiar.

Vamos a ver como es el Impreso de solicitud:

Lo primero que se nos solicita es que determinemos si lo que pedimos es un Alta Inicial en el Programa Temporal de Protección por Desempleo o una Reincorporación a dicho programa. Básicamente aquí seleccionaremos la primera opción si es la primera vez que solicitamos esta ayuda.

Datos del Solicitante: En este apartado básicamente lo que se nos pide son nuestros datos personales. Hay que tener en cuenta que en el caso de que queramos que nos notifiquen cualquier decisión en un lugar distinto al de nuestro domicilio (problemas con el correo, por estar temporalmente en otro lugar, etc.) tendremos que rellenar los datos de la dirección a efectos de notificaciones. Y una opción muy recomendable es dar nuestros datos de teléfono y correo electrónico.

Datos de la Entidad Financiera: Como su nombre indica es comunicar el nombre del Banco o Caja y los 20 dígitos de la cuenta en la que queramos que nos ingresen la ayuda de los 420 €.

Declaraciones de rentas en cómputo mensual del solicitante y de los familiares: Este es el apartado que más problemas nos van a dar a la hora de conseguir la ayuda, ya que aquí tendremos que declarar los ingresos mensuales que tenga, tanto el declarante como el resto de la unidad familiar (cónyuge, hijos, ascendientes). Es decir, en el caso de que la pareja reciba ingresos mensuales hay que declararlo, si los hijos también reciben algún ingreso también habrá que declararlo y un dato que muchos desconocen y se están encontrando con la desagradable sorpresa, es que hay que declarar los ingresos de los padres, cuando conviviendo o no con el solicitante dependan económicamente de él.

Vamos a ver que ingresos hay que declarar,

  • Trabajo / Pensiones: su nombre lo deja claro, se incluye toda renta que venga derivada del trabajo o todo tipo de pensiones. (minusvalía, incapacidad, jubilación).
  • Capital Mobiliario: Rendimientos procedentes de cuentas corrientes, acciones, fondos, depósitos, etc..
  • Capital Inmobiliario: Básicamente son los rendimientos derivados de alquileres de pisos.
  • Actividades profesionales / agrarias: Cuando algún miembro de la familia sea autónomo o este en el régimen agrario.
  • Otras Rentas: Todos aquellos ingresos que no estén incluidos en los apartados anteriores.

En definitiva, si lo miramos bien, teniendo en cuenta el requisito de ingresos para que nos puedan dar la ayuda, que es que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar (Ud., su cónyuge y/o padres y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen no supere 468 euros/mes en 2009. Veo complicado que mucha gente que lo esta pasando verdaderamente mal, pueda verse beneficiado.

Documentación a aportar: Se debe apartar toda la documentación que proceda de lo que anteriormente enumeramos.

Puedes descargarte el impreso de solicitud desde nuestra zona de descargas.


Blackdos
Escrito en Jueves, 17 de Septiembre de 2009 08:05 por Blackdos

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Comentarios

Respuesta a Daniel

Buenos días y gracias por participar.

En principio el empadronamiento es un documento más que acredita la residencia.

Sin embargo, con el hecho de tener un contrato de alquiler de vivienda a su nombre, el documento que acredita que recibe la ayuda por emancipación (una opción es pedir a la administración donde la solicito que le emita un certificado donde figure desde cuando se la concedieron). Por otro lado, si ha realizado renta 2008, estando ya emancipado y declarando el piso donde vive como residencia, le valdría ya que ese seria su domicilio de cara a Hacienda.

Un saludo.

...

Buenos Días, mi hijo vive en su propio apartamento desde hace un año. Tiene concedida la ayuda de los 200 euros por alquiler. Actualmente ha agotado las prestaciones por desempleo y le exigen el empadronamiento.
Formulo dos preguntas:
1.- Si se empadrona ahora no pueden alegar que la situación de emancipación es nueva y por tanto se deniega la ayuda.

2.- No bastaría para demostrar que esta emancipado la documentación acreditativa de que recibe la ayuda por alquiler y el propio contrato de éste.

Muchas gracias

...

Buenos días a tod@s,

¿Alguien me puede decir donde aparece que solo hay que tener en cuenta los ingresos de tus padres si viven contigo y dependen económicamente de ti?
Tengo por delante la carpeta informativa y no veo nada de eso, simplemente se dice que se considerará unidad familiar al solicitante, y a los padres con los que conviva, siempre que el solicitante carezca de cónyugue y/o hijos.

Respuesta a Paco

Buenos días Paco y gracias por participar.

El límite de los 468 € se aplica desde el momento en el que se deja de percibir el paro, es decir, desde el mes en el que dejas de cobrarlo en adelante no debes superar ese importe para poder aprovechar esta ayuda.

Un saludo.

ingresos propios

Buenas tardes:he estado leyendo los requisitos que se deben cumplir para poder obtar a esta ayuda y uno de ellos es: Carecer de ingresos propios superiores a 468 euros mensuales en 2009 (no lo entiendo), que significa esto, que si en algun mes del 2009 he recibido mas de 468 euros ya no puedo percibir la ayuda, si es en el computo anual o que...
He estado pericibiendo la ayuda por desempleo (paro) y esta es superior a esa cantidad, en el inem no saben darme una respuesta, solo me han dicho que lo solicite y que ya me vendrá aprobado o denegado, pero yo ya por curiosidad quiero saber como va.

Respuesta a Maya

Buenas tardes Maya y gracias por participar, en principio la normativa establece que si no son dependientes económicamente no se han de tener en cuenta los ingresos.

Un saludo.

unidad familiar

A pesar de los comentarios sobre el tema, tengo una duda; si vives con tu
madre viuda en la casa familiar pero ella no depende economicamente de ti.
¿Hay que computar sus ingresos?. Si alguien me puede ayudar....gracias de
antemano.

Respuesta a Pipo

En principio, deberías cambiar tu empadronamiento y presentar un modelo 030, con el nuevo domicilio, para justificar el que no resides con tus padres y que no computen sus ingresos dentro de la unidad familiar.

Unidad familiar

Buenas tardes. Tengo una duda muy grande acerca de la unidad familiar. Estoy esperando que se publique en el Boe la ayuda de 420 euros para los que terminaron la prestación por desempleo de enero a julio. Me gustaría saber qué documentación requieren para conocer si vives con tus padres o no. Mi caso es que no vivo en casa de mis padres pero tanto en el DNI como en el padrón estoy apuntado en el domicilio familiar. Estoy soltero, vivo con mi novia pero el piso de alquiler donde vivimos está a su nombre y no tengo hijos. Si alguien pudiera ayudarme se lo agradecería. Saludos...

Duda

lo que no entiendo es lo de "ingresos propios",yo me quedo sin paro el 23 de noviembre,y he recibido una prestación hasta la fecha de 670€,no tengo más ingresos.¿Por recibir esta prestación superior a los 468€ no me corresponde ayuda?

busy
Última actualización el Jueves, 17 de Septiembre de 2009 08:21