Hoy nos ha llegado una resolución de la Dirección General Tributaria por la cual se modifica la resolución del 29 de mayo de 2009. Y que viene a cambiar las condiciones y supuestos en los que los colaboradores (asesores y asesorías) podrán solicitar y obtener dichos certificados tributarios.
El hecho es que hasta la aparición de esta última resolución de 18 de septiembre de 2009, un profesional con certificado a terceros podía solicitar un certificado tributario de cualquier persona, empresa o entidad y lo recibiría pocos días después de forma telemática.
El problema que esto causaba esta claro y se puede reducir a la siguiente pregunta: ¿Por qué cualquier persona con un certificado a terceros puede ver mi situación con el fisco?.
Pues bien esta resolución de 18 de septiembre de 2009 de la Dirección General Tributaria, viene a solventar este problema.
La novedad es que todos los colaboradores sociales, que quieran solicitar certificados tributarios de terceros, deberán tener un modelo de representación para solicitar por Internet los certificados tributarios.
Este modelo deberá cumplimentarse y presentarse en el Registro de Apoderamientos de la Agencia Tributaria, ya que de otra manera el Certificado será enviado a la dirección electrónica que posea Hacienda del obligado tributario.
En definitiva, para todos aquellos que nos dediquemos al asesoramiento fiscal y queramos ofrecer el servicio a nuestros clientes, será necesario que nos pongamos al día con este modelo de representación.
Les dejo el enlace al modelo que hemos subido a la Zona de Descarga de Conoce Tus Impuestos.

































